Pago seguro por teléfono con tarjeta: Guía completa

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López García, Ana

Publicado: sábado, Ene 15
pago seguro por teléfono con Fonvirtual

Pago seguro por teléfono con tarjeta bancaria

Estándar de Seguridad PCI-DSS

Normativa PSD2

TPV cobro telefónico adaptado a las normativas

1. Pago Seguro por Teléfono con Tarjeta Bancaria

¿Qué es el cobro telefónico de Fonvirtual?

El TPV de cobro telefónico de Fonvirtual, es un sistema de pago seguro que permite realizar cobros con tarjeta bancaria mediante una plataforma de pagos por teléfono, operado por un sistema de inteligencia artificial. Todos los pagos por teléfono se realizarán sin intervención humana, tramitando los datos directamente con el banco mediante el desvío de la llamada, con un servicio de cobro inteligente De esta forma, se garantiza y refuerza la seguridad en los pagos por teléfono, permaneciendo en todo momento la información de las tarjetas bancarias de forma confidencial y sin almacenar ningún dato sensible de los usuarios. A todo ello se le suman los controles de seguridad que se llevan a cabo anualmente para asegurar el buen funcionamiento y la seguridad del sistema.  Este TPV móvil, permite que los clientes hagan sus pagos de forma rápida y segura, ya que cuenta con gran capacidad para atender un alto volumen de llamadas. Además, se eliminan los intermediarios proporcionando una relación directa entre el usuario y el banco. 

¿Cómo cobrar por teléfono de forma segura?

El sistema de pago por teléfono de Fonvirtual, permite cobrar con tarjeta por teléfono a los clientes durante una llamada telefónica, sin salir de llamada y sin intervención humana. El funcionamiento es el siguiente:

      1. En el transcurso de una conversación telefónica la empresa podrá cobrar las facturas por teléfono mediante un sistema inteligente, en el que el agente que necesite realizar el cobro, procederá a informar a la empresa el importe de la transacción y desviará la llamada del cliente, para recuperarla una vez que el pago haya sido realizado.
      2. El cliente, por su parte, facilitará al sistema automático los datos de su tarjeta bancaria y estos se tramitarán directamente con el banco en un espacio seguro (certificado PCI-DSS) sin que los datos queden almacenados o al alcance de terceros.
      3. Una vez que se ha formalizado el pago por teléfono, el sistema informará al agente y al cliente de que la transacción ha sido completada satisfactoriamente.

¿Qué ventajas proporciona el sistema de cobro telefónico?

      • Elimina los intermediarios y las redirecciones a plataformas de pago externas: se trata de un servicio completamente seguro que permite cobrar por teléfono de forma automática y sin intervención humana, mediante una relación de comunicación directa entre el banco y el cliente.
      • Garantía de seguridad: dar el número de tarjeta de crédito siempre supone para los clientes una fuente de inseguridad y duda, por lo que contar con un tpv móvil que permita realizar los pagos por teléfono de la manera más segura, aportará confianza y fiabilidad del pago.
      • Certificación PCI-DSS de Nivel 1: a la seguridad del sistema de pago por teléfono, se le suma la certificación PCI-DSS, garantía internacional de seguridad en los pagos con tarjeta. 
      • Flexibilidad y Comodidad: permite ofrecer un sistema de pago adicional, por lo que dará más opciones a tus clientes que podrán realizar el pago por móvil, teléfono, tarjeta física, etc. Esto se verá reflejado en un aumento de ventas y cobros. 
      • Automatización y mayor capacidad en el proceso del pago: la plataforma de pagos por teléfono, permite tramitar cobros automáticamente y tiene una gran capacidad para atender muchas llamadas a la vez y, por tanto, gestionar tantos cobros por tarjeta bancaria como sea necesario en cada momento. 

Funcionalidades

      • Personalización del servicio: el sistema permite configurar el servicio en función de tus necesidades. De este modo, será personalizable el idioma, la voz, los mensajes…, incluso podrás configurarlo para realizar pagos recurrentes. 
      • Integración: podrás integrar el sistema con tu centralita virtual, software call center o tu CRM gracias a la API de Fonvirtual, sin realizar ningún cambio de infraestructura maximizando la potencia de tu servicio. La información de las transacciones quedará recogida y unificada en tu base de datos. 
      • Simplificación: todo en la nube: el servicio de cobro telefónico únicamente requiere de una conexión a Internet. Por ello, todo ocurre en la nube, con lo cual no necesitarás ningún tipo de instalación ni equipamiento extra. Estará disponible desde cualquier dispositivo y en todo el mundo.
      • Profesionalidad: podrás ofrecer a tus clientes la mejor experiencia de compra posible, simplificando los pagos y ofreciendo la seguridad necesaria para operar con tarjetas bancarias. 
      • Adaptabilidad: mediante este sistema, podrá cobrar por teléfono adaptándose a cada circunstancia de pago. Así pues, el cobro telefónico se podrá dar tanto durante la llamada, como desde una llamada saliente desencadenada por su cliente, como por llamadas salientes programadas automáticamente con tal fin o para cobros de un servicios telefónico desde la llamada. 

2.Seguridad PCI-DSS

¿Qué es la Certificación PCI-DSS?

PCI-DSS corresponde al Estándar de Seguridad de Datos para la Industria de Tarjeta de Pago (Payment Card Industry Data Security Standard). Este estándar de seguridad es creado por  el Consejo de Normas de Seguridad para la Industria de las Tarjetas de Pago (PCI SSC), formado por las compañías de tarjetas bancarias más importantes como Visa, Mastercard, American Express, Discover y JCB.  Se trata de un requerimiento, a nivel global, para todas las entidades que almacenan, procesan o transmiten datos sensibles de tarjetas bancarias. El objetivo principal es crear un estándar de seguridad internacional para proteger toda la información “sensible” de estas tarjetas bancarias.  PCI-DSS cataloga a las entidades que tendrán que cumplir con este requerimiento en: comercios o merchants (supermercados, e-commerce, agencias de viajes, etc), proveedores de servicios o service providers (ISP/ASP, pasarelas de pago, fabricantes de tarjetas, servicios de envío de tarjetas, procesadores de transacciones, etc.) y entidades financieras o acquirers (bancos, entidades de crédito, etc.). Con ello, lo que se pretende es establecer un nivel básico de protección para los consumidores y ayudar a reducir el fraude y las filtraciones de datos dentro de todo el ecosistema de pagos.  Fundamentalmente, el funcionamiento del estándar implica el cumplimiento de 3 aspectos: 

      1. Manejo de datos de las tarjetas de crédito de manera segura
      2. Almacenamiento seguro de datos
      3. Validación anual de los controles de seguridad

Para ello, el PCI-DSS establece un conjunto de normas de seguridad que garantiza la protección de los datos de las tarjetas bancarias de los clientes. El último conjunto de normas de seguridad, PCI DSS versión 3.2.1, incluye 12 requisitos principales con más de 300 subrequisitos que reflejan las mejores prácticas de seguridad.

Los 12 requisitos PCI-DSS

Para poder obtener la certificación PCI-DSS, se deben cumplir los siguientes requisitos:

      1. Instalar y mantener una configuración de cortafuegos para proteger los datos de los propietarios de tarjetas.
      2. No usar contraseñas del sistema y otros parámetros de seguridad predeterminados provistos por los proveedores.
      3. Proteger los datos almacenados de los propietarios de tarjetas.
      4. Cifrar los datos de los propietarios de tarjetas e información confidencial transmitida a través de redes públicas abiertas.
      5. Usar y actualizar regularmente un software antivirus.
      6. Desarrollar y mantener sistemas y aplicaciones seguras.
      7. Restringir el acceso a los datos tomando como base la necesidad del funcionario de conocer la información.
      8. Asignar una identificación única a cada persona que tenga acceso a un computador.
      9. Restringir el acceso físico a los datos de los propietarios de tarjetas.
      10. Rastrear el acceso a los recursos de la red y datos de los propietarios de tarjetas.
      11. Probar regularmente los sistemas y procesos de seguridad.
      12. Mantener una política que contemple la seguridad de la información

Además, existen distintos niveles de PCI DSS. El Nivel 1 de Seguridad PCI DSS requiere un informe anual sobre el cumplimiento de ROC (Report Of Compliance) a cargo de un evaluador de seguridad cualificado (QSA) que se enviaría a cada una de las marcas, o un auditor interno, si el informe es firmado por el director de la empresa . En esta auditoría se realiza un estudio exhaustivo del estado de cumplimiento del comercio, así como diversos controles de seguridad (Escaneos de red trimestrales por un ASV, etc). Se entiende como comercio de Nivel-1 a los siguientes entidades:

      • Organizaciones que procesan más de 6 millones de transacciones por año
      • Organizaciones que han sufrido una filtración de datos, poniendo en compromiso los datos de tarjetas de pago
      • Cualquier organización que se considere que debe ser de Nivel PCI 1, por las asociaciones de tarjetas

¿Qué consecuencias puede tener si no se certifica PCI-DSS?

El estándar de seguridad PCI-DSS es un requerimiento, como hemos visto, para todas aquellas entidades que procesan, almacenan o transmiten información sensible de las tarjetas de pago. Sin embargo, no se trata de una normativa que sea obligatoria de cumplir, sino medidas de seguridad que las grandes empresas de tarjetas consideran primordiales para evitar estafas y fraude.  Entonces, ¿cuáles son las consecuencias de no adoptar estas medidas? En primer lugar, adoptando las medidas de seguridad PCI-DSS, aportas confianza y fiabilidad a tu negocio ya que se trata de proteger los datos sensibles de los clientes. De este modo, los clientes pueden preferir comprar en otro negocio que le aporte la protección requerida. A consecuencia de ello, las ventas de tu negocio se pueden ver exponencialmente reducidas.  Además, el negocio se expone a los fraudes de las tarjetas de pago y que en ese caso, se verá obligado a pagar multas y penalizaciones por ello. A ello se le suman los posibles problemas legales por no adoptar las medidas, así como el coste que supondría.  En definitiva, la pérdida de la reputación del negocio, además de la posibilidad de que las empresas de las tarjetas de pago no le proporcionen la información y los datos que requieran por el incumplimiento de las medidas de seguridad y con ello, sean incapaces de aceptar pagos con las citadas tarjetas de pago.

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3. Normativa PSD2

¿Qué es la Normativa PSD2?

La Directiva UE 2015/2336 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, también conocida como PSD2, es la normativa europea que regula la prestación de servicios de pago y transacciones de pago electrónicas dentro del Espacio Económico Europeo. Su objetivo principal es armonizar las condiciones en la que los «proveedores de servicios de pago» prestan sus servicios en los Estados Miembros, sobre todo,  reforzando la seguridad de los pagos online. En nuestro ordenamiento jurídico español, se ha transpuesto esta Directiva en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, publicada en el BOE el 24 de noviembre de 2018. Se trata de la segunda Directiva de la Unión Europea que regula los servicios de pago. La primera, denominada PSD (2007), cimentó la consecución de la llamada zona SEPA (Zona Única de Pagos en Euros), garantizando que los pagos en euros, entre distintos Estados de la UE, fueran prestados bajo las mismas condiciones que los pagos domésticos. La nueva PSD2, pretende que los usuarios de servicios de pago se beneficien de las ventajas que ofrecen la innovación y la tecnología, enfocando la seguridad de la identificación del cliente y así, garantizar que las operaciones financieras online sean aún más rápidas y seguras.

¿Qué aspectos se modifican con la Normativa PSD2?

La “Segunda Directiva de Servicios de Pago” tiene como principio básico garantizar la seguridad en la identificación de los pagos online, y por ello, principalmente, se basa en la idea de que la información personal y financiera de los clientes no pertenece a las entidades financieras, ni tampoco a las terceras empresas que entran en juego en esta normativa. Los datos son exclusivamente propiedad de los usuarios y serán ellos mismos los que decidan qué uso dar de su propia información y cómo gestionarla frente a las empresas.  Mediante la PSD2, se pretende ofrecer una legislación acorde a los nuevos factores que han aparecido con la evolución del sector financiero y la transformación digital. La mayor novedad que ofrece, es la eliminación de las barreras del comercio electrónico que existían hasta ahora, dando paso a nuevas figuras que intervienen como proveedores de servicios de pago y a los que las entidades bancarias tradicionales deben abrir sus servicios. Hasta ahora, cuando un usuario deseaba pagar por un producto o un servicio que adquiere por Internet con una tarjeta, el comercio se ponía en contacto con los proveedores que ofrecen el pago, que, a su vez, interactúan con la compañía a la que pertenece la tarjeta (por ejemplo Visa o Mastercard) para cargar la compra en la cuenta correspondiente. Ahora se ofrecen nuevas soluciones y medidas como el Open Banking, donde se eliminan los intermediarios de las operaciones y el refuerzo de la protección de la identificación de los clientes mediante la Doble Autenticación.  Veamos todas estas nuevas figuras en detalle. 

Nuevas figuras que aparecen en el espacio económico-financiero de la UE 

      • Proveedores de Servicios de Pago en la PSD2

El artículo 1 del RD-Ley 19/2018 de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, establece:

El objeto de este real decreto-ley es la regulación de los servicios de pago … que se presten con carácter profesional en territorio español, incluyendo la forma de prestación de dichos servicios, el régimen jurídico de las entidades de pago, el régimen de transparencia e información aplicable a los servicios de pago, así como los derechos y obligaciones respectivas tanto de los usuarios de los servicios de pago como de los proveedores de los mismos.

Así pues, esta normativa está principalmente enfocada a legislar los servicios de pago y los proveedores de estos servicios de pago. Dentro de estos proveedores, la PSD2 distingue entre dos:

      • Proveedores de servicios de pago gestores de cuentas (bancos): se define en la propia normativa como “un proveedor de servicios de pago que facilita a un ordenante una o varias cuentas de pago y se encarga de su mantenimiento”. Estas se denominan como ASPSP (account-servicing PSP) y se dividen en dos: las entidades de crédito y las entidades de pago. Se refiere a aquellas entidades que ofrecen servicios de pago tradicionales tales como, ejecución de transferencias, emisión de instrumentos de pago o gestión de cuentas de pago. 
      • Proveedores de servicios de pago a terceros (TPPs): se trata de entidades que operan en la industria financiera como agregadores de información (AISP) o como iniciadores de operaciones de pago (PISP). Estas empresas son mayormente conocidas como “empresas FinTech”, y abarcan el negocio de los pagos minoristas.

La PSD2 abre las puertas a estas entidades emergentes, mediante el Open Banking. De ahora en adelante, tendrán la posibilidad de establecer una relación directa con los clientes de las entidades de crédito, tanto realizando transacciones en su nombre (sin tener que constituirse como administradores de las cuentas de pago), como accediendo a información de sus cuentas.

      • Open Banking

Como hemos visto, una de las mayores novedades que ofrece la PSD2, es el Open Banking. Mediante el mismo, se obliga a las entidades financieras a dar acceso a la información de las cuentas de sus clientes (bajo previa autorización de los mismos) a terceras empresas (TPPs), garantizando siempre la seguridad de los datos. De este modo, aparecen nuevos servicios de pagos:

      • Los Servicios de información de cuentas o AIS (Account Information Services): permiten acceder, siempre con autorización del cliente, a sus cuentas aunque estén abiertas en distintos bancos, ver sus movimientos y mostrar esa información de manera agregada (en una misma aplicación o pantalla). Ejemplo: Fintonic. Estos son operados por los Agregadores de Información (AISP).
      • Los Servicios de iniciación de pagos o PIS (Payment Initiation Services), que permiten “iniciar una orden de pago, a petición del usuario del servicio de pago, respecto de una cuenta de pago abierta con otro proveedor de servicios de pago”. En definitiva, permiten a los eCommerce cobrar las ventas directamente desde la cuenta corriente de los usuarios, sin abandonar el carrito de la tienda online. Ejemplo: INESPAY. Estos son operados por Iniciadores de Servicios de Pago (PISP). 

Estas nuevas formas podrán ofrecerles nuevos servicios a los clientes, ya sea para administrar sus finanzas personales o para efectuar pagos online, sin pasar por los intermediarios tradicionales. Un buen ejemplo de estos nuevos servicios son las APIs, es decir, Apps creadas por las entidades que permiten visualizar de forma consolidada la información financiera de los clientes. Además, los TPPs que decidan prestar estos servicios, deberán convertirse en entidades reguladas y estarán sometidos a la supervisión del Banco de España.

      • Doble Autenticación

Para garantizar la seguridad de la identificación de los clientes en las operaciones de pagos, la PSD2 se centra en regularizar las transacciones de carácter remoto, ya sea a través de Internet o cualquier dispositivo móvil. La PSD2 exige que se generalice a todos los comercios electrónicos la llamada Autenticación Reforzada del Cliente (SCA). Esto supone que cada vez que un cliente quiera realizar una transacción digital, deberá autentificarse con al menos dos de estos factores para confirmar la transacción:

      1. Factor conocimiento: algo que solo el cliente conoce. Puede ser un PIN, una contraseña, etc. 
      2. Factor posesión: algo que solo el cliente posee. Puede ser una tarjeta o un teléfono móvil, etc. 
      3. Factor inherencia: algo que es inherente al cliente, es decir, un elemento de identificación biométrico. Puede ser la huella digital, el reconocimiento voz, etc. 

Así pues, los factores más utilizados hasta ahora para realizar cualquier compra por Internet, eran el número de tarjeta y el código de seguridad (CVV). Con la entrada en vigor de la normativa europa, estos ya no se consideran suficientemente seguros, y para ello se establecen los 3 factores anteriormente mencionados.  Además, esta transacción digital será procesada mediante un protocolo de “Compra segura” (3D Secure) adaptado. El 3DSecure es un sistema de autenticación desarrollado por las principales marcas de tarjetas bancarias (“Verified by Visa” o “SecureCode” en el caso de Mastercard, entre otros) que autentican y verifican al titular de la tarjeta en el proceso de compra. El método más conocido es el envío de un SMS por parte del banco al móvil del cliente asociado a la tarjeta bancaria. Este mecanismo ha sido utilizado hasta ahora, pero se trataba de un procedimiento opcional. Con la entrada en vigor de la PSD2, pasa a ser obligatorio.  La SCA es un requisito a nivel europeo, que será requerido para todas aquellas transacciones digitales en las que el proveedor del servicio, como el proveedor de la tarjeta o el banco, se encuentren dentro del Espacio Económico Europeo (EEE). Su entrada en vigor fue el 14 de septiembre de 2019, sin embargo se ha pedido una moratoria para la incorporación de este mecanismo novedoso tras la presión de los organismos de la industria de la UE, y esta ha sido autorizada por la Autoridad Bancaria Europea hasta 2020 (entre 14 y 18 meses desde la entrada en vigor). 

Excepciones y Exclusiones PSD2

      • Excepciones

Existen una serie de operaciones enumeradas en la normativa, que por sus características específicas, son tratadas con alguna excepción. Estas operaciones se tienen que enviar utilizando un canal 3D Secure y la entidad emisora de la tarjeta o el medio de pago, decidirá si las acepta o deniega, o incluso si requiere la autenticación del usuario.  Entre algunos ejemplos de las excepciones de la PSD2, se encuentran:

      • Transacciones de menos o igual a 30 euros
      • Transacciones recurrentes
      • Algunas operaciones consideradas de bajo riesgo de fraude
      • Lista blanca de beneficiarios
      • Exclusiones

Además, la normativa PSD2 enumera una serie de operaciones que no requerirán la autenticación de los usuarios. Estas serán tratadas como compra no segura (No 3D Secure) y la entidad emisora del medio de pago o tarjeta podrá aceptarlas o denegarlas, pero nunca requerir la autenticación a su cliente. Veamos algunas exclusiones relevantes:

      • One leg transactions: cuando el medio de un pago o un cobro quede fuera del EEE
      • Pagos con tarjetas prepago anónimas
      •  Pagos repetitivos, suscripciones, etc.: son operaciones iniciadas con por el comercio electrónico, con el pagador “ausente”, siempre y cuando exista un acuerdo preexistente entre el comprador y pagador, y el primer pago se realiza a través de SCA. 
      • Sistemas de pago MO/TO (Mail Order/Telephone Order): operaciones en las que el pago se ha iniciado por teléfono o por correo electrónico.  Es un sistema de pago por tarjeta, que realiza una transacción no presencial, permitiendo cobrar o pagar por teléfono o email cualquier pedido. De esta manera, el titular de la tarjeta, no introduce directamente los datos de su tarjeta, sino que se los facilita al comercio.

4. El TPV Cobro Telefónico de Fonvirtual frente a la Coyuntura Legal Actual

El servicio de cobro con tarjeta por teléfono de Fonvirtual, incorpora numerosas ventajas frente a la normativa y requerimientos internacionales de la coyuntura legal actual. Veamos cuales son estas ventajas a continuación.

Ventajas del TPV de cobro telefónico de Fonvirtual frente a la normativa PSD2

El pago seguro por teléfono con tarjeta de Fonvirtual, proporciona y garantiza la seguridad de las transacciones de pagos o cobros realizadas mediante el sistema de pago por teléfono. Ello es posible gracias a la incorporación de una plataforma de pagos por teléfono, operada por un servicio de cobro inteligente, por lo que la empresa en ningún caso conocerá, ni almacenará los datos de los clientes. De este modo, este sistema de pago garantizaría dos principios fundamentales en los que se basa la normativa PSD2. En primer lugar, gracias a su plataforma de pago segura, elimina los intermediarios y las redirecciones a plataformas de pagos externas. El servicio suministra un cobro automático y sin intervención humana, mediante una relación de comunicación directa entre el banco y el cliente, sin que se guarde ningún dato sensible de la tarjeta o identidad del cliente.   Por otro lado, el TPV de cobro telefónico de Fonvirtual tendría capacidad para cumplir con la Autenticación Reforzada del Cliente (SCA) que exige la normativa, ya que el servicio de cobro inteligente cuenta de por sí con un elemento de identificación biométrico, el reconocimiento voz. De esta forma, la empresa podrá efectuar la Doble Autenticación, con un factor de conocimiento o posesión que proporcione el cliente y el factor inherente de reconocimiento voz del cliente. Sin embargo, el pago seguro por teléfono es considerado por la PSD2 como un tipo de modalidad MO/TO y está exento del cumplimiento de la normativa europea. Se trata, pues, de un TPV virtual de cobro telefónico automático, cuyo  funcionamiento se ejecuta mediante un software de grabación y recogida de datos por voz que le llama de forma automática al teléfono del cliente y le solicita la información de su tarjeta. La ventaja de este sistema es que no hay intervención por parte de ninguna persona física. Se encuentra excluido del cumplimiento de la ley ya que se clasifica como un TPV virtual en modo no seguro, sin 3D Secure. Esto no significa que no sea una forma segura de realizar pagos o cobros con tarjetas, si no que el TPV de cobro telefónico no cuenta con las reglas anti-fraude instadas por 3D Secure (Visa), MasterCard (SecureCode), American Express (Safe Key), entre otras, es decir, al realizar la compra, el terminal no pedirá PIN de seguridad para validar la operación.

Ventajas del TPV de cobro telefónico de Fonvirtual frente a la Certificación PCI-DSS

Como hemos visto, el pago seguro por teléfono de Fonvirtual tiene una modalidad MO/TO, sin embargo, ello no significa que sea una forma de pago no segura, ya que el servicio de cobro telefónico de Fonvirtual se encuentra certificado por las normas de seguridad internacional PCI-DSS de Nivel 1. Esta certificación garantiza la protección de los datos sensibles de los clientes de la forma más segura. Para ello, cuenta con los 12 dominios de seguridad vistos con anterioridad, incluidos el cifrado, la transmisión y las pruebas de seguridad del acceso a los datos de la tarjeta.  Además, la seguridad se refuerza con los controles anuales que se llevan a cabo mediante formularios, evaluación de vulnerabilidad externa o auditorias externas, entre otros.  En definitiva, contar con el servicio de cobro telefónico con seguridad PCI-DSS Nivel 1, garantiza en todo momento la protección de la información del cliente, así como la seguridad gracias al pago seguro por teléfono, al proporcionar estos mismos sus datos personales a un servicio de cobro inteligente, en lugar de a una persona. Con este servicio se garantiza, además, que no se almacena, ni recopila la información de los clientes en su sistema y además no existe intervención humana a la hora de realizar el cobro.  En la actualidad, el mercado y la sociedad de consumidores reclaman servicios enfocados a la ciberseguridad, donde se garantice tanto la seguridad del pago evitando fraudes, como del tratamiento de los datos sensibles de los consumidores. Además, en la coyuntura de transformación digital que vivimos y el aumento de la movilidad de los consumidores por mercados internacionales, se demandan nuevas formas de pago que no requieran un esfuerzo extra y que garantice la seguridad en todo momento. Todo ello impulsado por el declive del dinero físico, el cual tiene los días contados.  En resumen, el servicio de cobro telefónico de Fonvirtual, es un servicio a la orden en digitalización de pagos y seguridad internacional, completamente actualizado y con numerosos beneficios y funcionalidades, más allá de los TPV tradicionales. Además, aportará a las empresas seguridad en sus cobros gracias a su certificación como PCI-DSS de Nivel 1, y ofrecerá una forma adicional de realizar pagos a los clientes. En definitiva, añade valor a tu empresa.

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